Hernán Bermúdez Requena, conocido como “El Abuelo”, “El Munra” o “Comandante H”, intentó frenar una posible extradición a Estados Unidos mediante un juicio de amparo, sin embargo, el recurso fue rechazado por un juez federal.
El presunto líder del grupo delictivo La Barredora permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1, conocido como Altiplano, ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México, donde enfrenta acusaciones por extorsión, secuestro agravado y asociación delictuosa.
La solicitud de amparo fue presentada ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, con sede en Toluca. En su demanda, Bermúdez Requena argumentó que el 5 de marzo de este año custodios del penal le informaron que sería enviado a Estados Unidos, lo que, según dijo, reforzaba su sospecha de que existía una orden de extradición en su contra.
En el documento, el interno señaló que no había recibido notificación oficial sobre dicho procedimiento, por lo que decidió promover el recurso legal. «Y ante la existencia de un procedimiento de extradición en mi contra, sin que haya mediado notificación formal, comparezco a promover el presente juicio de garantías, en razón que no me ha sido notificado y, por ende, no he tenido posibilidad de ejercer mi derecho de defensa», expresó en su demanda.
No obstante, el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez, titular del juzgado, determinó desechar el amparo al considerar que se trata de un acto futuro e incierto, ya que el propio solicitante reconoció que no existe una notificación oficial sobre un proceso de extradición.
El juzgador explicó que los comentarios atribuidos a custodios del penal no constituyen una notificación formal, ya que estos funcionarios no tienen facultades para informar sobre procedimientos judiciales. Además, indicó que las notas periodísticas mencionadas por el acusado tampoco confirman que exista un proceso de extradición en curso.
De acuerdo con la resolución, Bermúdez Requena no ha sufrido un perjuicio real ni actual en su situación jurídica, por lo que el juicio de amparo resulta improcedente. El juez señaló que este recurso solo procede cuando existe una afectación concreta derivada de actos de autoridad que vulneren derechos fundamentales.
En ese sentido, el tribunal precisó que el simple temor de que una autoridad pueda realizar una acción en el futuro no constituye una violación a derechos, y que la obligación de promover un amparo surge únicamente cuando el afectado tiene conocimiento formal del acto reclamado, lo cual no ocurrió en este caso.


