A partir del 14 de junio, entró en vigor en Puebla la denominada “Ley Ciberasedio”, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Esta nueva legislación reforma el Código Penal local para tipificar y sancionar conductas vinculadas al uso indebido de tecnologías de la información y comunicación.
La iniciativa fue presentada en 2023 por José Luis García Parra, actual coordinador de gabinete en el gobierno del mandatario Alejandro Armenta, y fue aprobada recientemente por la LXII Legislatura del Congreso estatal, pese a críticas de organizaciones defensoras de derechos digitales.
De acuerdo con el Congreso, el objetivo de la ley es proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes, garantizando un entorno digital libre de violencia, acoso y explotación.
El decreto incorpora el artículo 480 al Código Penal del estado, el cual establece que se sancionará a quien, mediante el uso de redes sociales, correos electrónicos u otros medios digitales, insulte, ofenda o menoscabe de forma reiterada la integridad física o emocional de otra persona.
Las penas contempladas para el delito de ciberacoso van de once meses a tres años de prisión, además de una multa de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a alrededor de 30 mil pesos. En casos donde la víctima sea menor de edad, las penas se incrementarán hasta en dos terceras partes.
La aprobación ha generado inconformidad en redes sociales, donde usuarios acusan que la ley fue impulsada de manera acelerada (“fast track”) para beneficiar políticamente al gobernador Armenta, quien ha sido blanco de críticas desde cuentas anónimas en la plataforma X.