La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene autoridad para invalidar los juicios de amparo presentados contra la reforma judicial.
Además, ordenó a los jueces que suspendieron la reforma revisar sus decisiones en un plazo de 24 horas.
Sin embargo, la SCJN no obtuvo los votos suficientes para pedir al TEPJF, al Senado, al Instituto Nacional Electoral (INE) y a los Comités de Evaluación que cumplan con las medidas cautelares establecidas contra la reforma.
Entre las irregularidades detectadas en el proceso de selección de jueces y magistrados, se encontró que algunas personas elegidas al azar ya no aparecen en las listas oficiales o que algunos candidatos fueron asignados a estados donde no residen o a especialidades para las que no se registraron.
Con la resolución de la Corte, los magistrados dieron por concluida la etapa de revisión y selección de candidaturas.


